ESTABILIDAD FINANCIERA
Corte reitera su advertencia al Ministerio de Salud: ¿se está garantizando una concertación real sobre la UPC?
La Cartera de Salud tiene dos días para responder a las inquietudes planteadas por la Corte, respecto al reajuste de la UPC
La Corte ha hecho un llamado para una mayor transparencia y eficacia en las negociaciones sobre la UPC.
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Redacción. Bogotá
En un reciente pronunciamiento, la Corte Constitucional de Colombia ha instado al Ministerio de Salud a responder de manera urgente a una serie de interrogantes formuladas en relación con la mesa de negociación sobre el
reajuste de la Unidad de Pago por Capitación (UPC). La Corte ha enfatizado que el propósito de estas mesas de trabajo no debe limitarse a una simple revisión de la UPC, sino que debe convertirse en un proceso de concertación real y efectiva que aborde de forma estructural la crisis financiera que atraviesa el sistema de salud en el país.
En su Auto 089 de 2025, la Corte ha subrayado que la finalidad de la mesa es adoptar "decisiones más representativas, transparentes y legítimas", involucrando a los diferentes actores del sector salud en un diálogo genuino que permita superar las fallas internas del Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS). El alto tribunal también ha destacado que la
falta de participación efectiva podría profundizar los problemas financieros del sistema.
El Ministerio de Salud tiene
dos días para responder a las inquietudes planteadas por la Corte. Entre las preguntas más relevantes, la Corte cuestionó por qué la Resolución 370 de 2025 no menciona la "suficiencia de la UPC 2024" como uno de los objetivos principales de la mesa, un aspecto clave señalado en el Auto 007. También se indaga si se contempla una concertación adecuada con los diferentes actores del sector, o si, por el contrario, se tomará una decisión unilateral.
El requerimiento no solo se extiende al Ministerio de Salud, sino también a
otras entidades como el Ministerio de Hacienda, la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (Adres), y
organismos de control como la Procuraduría, la Contraloría, la Superintendencia de Salud, la Fiscalía, y organizaciones del sector salud. Todas las entidades involucradas deberán responder en un plazo de dos días.
El Auto 089 también recuerda que, según la Sentencia T-760 de 2008, el Ministerio de Salud está obligado a cumplir con pagos esenciales para garantizar la estabilidad financiera del sistema. La Corte ha ordenado el
pago de los presupuestos máximos reconocidos para el periodo de julio a octubre de 2024, así como de los presupuestos correspondientes a noviembre y diciembre de 2024. La demora en estos pagos podría poner en riesgo la estabilidad financiera de las EPS y, lo que es más grave, amenazar el derecho fundamental a la salud de millones de colombianos.
La Corte ha hecho un llamado para una
mayor transparencia y eficacia en las negociaciones sobre la UPC pone de manifiesto la urgente necesidad de una acción coordinada entre el Gobierno y todos los actores del sistema de salud para garantizar la sostenibilidad y el acceso equitativo a los servicios de salud en Colombia.