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Viernes, 20 de septiembre de 2024
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Colombia | Ecuador
Profesionales
CONDICIONES LABORALES
El talento humano en Salud requiere el cumplimiento de la Ley Estatutaria, no una reforma estructural
Uno de los actores más vulnerables es el talento humano por la forma en que es vinculado al sistema de Salud
Viernes, 20 de septiembre de 2024, a las 02:05

Roberto Baquero, expresidente del Colegio Médico Colombiano.


Melba Lucía Murillo. Bogotá
Para que el talento humano en salud mejore sus condiciones laborales no requiere de una Reforma al Sistema de Salud. Lo que durante años se ha solicitado es el cumplimiento de la Ley Estatutaria 1751 de 2015, la cual en su artículo 18 estableció el respeto a la dignidad de los profesionales y trabajadores de la salud con el amparo a las condiciones laborales justas y dignas. Ese es el llamado que ha hecho el oftalmólogo Roberto Baquero, expresidente del Colegio Médico Colombiano.

 
“Lo ideal es que en la Reforma a la Salud no se estuviera tocando este tema, porque desde hace 9 años deberían estar reguladas las condiciones laborales dignas y no como se ha venido dando con contratos de prestación de servicios y en otros casos más aberrantes con contratos de arrendamiento local comercial”, ha explicado Baquero en entrevista con EDICIÓN MÉDICA.
 
El especialista ha insistido en que los salarios no son dignos, y uno de los actores más vulnerable en el sistema es el talento humano, debido a la forma en que son vinculados en el ámbito laboral. “Es muy triste ver como en muchos casos no tienen vacaciones ni descanso por el temor a no ser contratados de nuevo”, ha enfatizado Baquero.
 
“Lo que siempre hemos opinado es que no se necesita una ley completa ni una reforma estructural, lo que se necesita es una verdadera voluntad política para que el sistema mejore y más aún, las condiciones laborales del personal y que se respeten las autonomías de los profesionales”, ha reiterado.
 
Autonomía profesional: un derecho no garantizado
 
Otro punto clave es el respeto a la autonomía profesional, consagrado en el Artículo 17 de la Ley Estatutaria. Este artículo ha asegurado que los médicos generales deben tener libertad para adoptar decisiones clínicas basadas en evidencia científica, autorregulación y ética. Sin embargo, Baquero ha denunciado que esto no se cumple: "Los médicos generales están limitados en su ejercicio, lo que aumenta innecesariamente los costos del sistema al derivar a pacientes a especialistas cuando no es necesario".
 
Para el expresidente del Colegio Médico Colombia, el problema de la precarización laboral no está directamente relacionado con las EPS, sino con las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS), tanto públicas como privadas, que son las encargadas de contratar al talento humano. Baquero asegura que las IPS han perpetuado contratos de prestación de servicios y otras formas de intermediación laboral, lo que afecta la estabilidad y dignidad de los profesionales.
 
“Son estas entidades las que han maltratado laboralmente a los profesionales en salud con contratos de prestación de servicios, no hacen una vinculación legal de los especialistas, médicos y enfermeras. Las IPS son las que deben hacer la formalización del proceso de contratación con el personal”, ha argumentado.
 
En ese sentido, el médico oftalmólogo ha hecho un llamado al Ministerio de Salud y Protección Social, a la Superintendencia Nacional de Salud y al Congreso de la República para que se haga una revisión del proceso de contratación que el talento humano tiene con las IPS públicas y privadas. El objetivo se centrará en exigir el cumplimiento de la Ley Estatutaria del 2015 para que el personal sea contratado de forma legal. El Gobierno deberá evaluar este proceso de contratación y hacer seguimiento para que se cumpla con lo establecido.
 
Condiciones laborales en la Reforma a la Salud
 
Según el Proyecto de Ley 312 de 2024, presentado en el marco de la Reforma al Sistema de Salud, se ha revelado que, en 2020, un total de 926 Empresas Sociales del Estado (ESE) empleaban a 163.116 personas, pero solo 46.715 tenían contratos directos. Mientras que otras 116.401 personas estaban siendo vinculadas mediante contratos sindicales, cooperativas de trabajo asociado y otras figuras que no garantizan estabilidad laboral.
 
Asimismo, el informe del Proyecto de Ley también ha destacado el bajo incremento salarial para el personal de salud en la última década. Entre 2011 y 2022, el aumento salarial anual ajustado por inflación fue de apenas 35.915 pesos, afectando especialmente a los profesionales de Medicina y nutrición y dietética, quienes desempeñan roles cruciales en la prevención y atención de enfermedades.
 
El dato

Según ha estipulado la Ley 1751 en el artículo 17, se debe garantizar la autonomía de los profesionales de la salud para adoptar decisiones sobre el diagnóstico y tratamiento de los pacientes que tienen a su cargo. Esta autonomía será ejercida en el marco de esquemas de autorregulación, la ética, la racionalidad la evidencia científica.
 
Por otro lado, el artículo 18 se refiere a la dignidad de los profesionales y trabajadores de la salud, indicando que los trabajadores, y en general el talento humano en salud, estarán amparados por condiciones laborales justas y dignas con estabilidad y facilidades para incrementar sus conocimientos, de acuerdo con las necesidades institucionales.


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