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CONDICIONES LABORALES
Ministerio de Salud establece nueva circular para proteger los derechos laborales de los médicos residentes
Estas directrices serán dirigidas no solo para mejorar la calidad de vida de los médicos en formación, sino también la atención
Miércoles, 31 de julio de 2024, a las 15:33

Guillermo Jaramillo, ministro de Salud.


Redacción. Bogotá
En respuesta al trágico fallecimiento de la residente de Medicina Catalina Gutiérrez, el Ministerio de Salud de Colombia ha emitido la Circular 012 de 2024, con el objetivo de mejorar las condiciones laborales de los médicos residentes en el país. Esta normativa introduce límites a los turnos, estableciendo un máximo de 12 horas consecutivas y 66 horas semanales, además de asegurar descansos adecuados para salvaguardar la salud física y mental de los residentes.
 
El ministro de Salud, Guillermo Jaramillo, en declaraciones oficiales, ha manifestado que estas directrices son fundamentales no solo para mejorar la calidad de vida de los médicos en formación, sino también para asegurar una atención médica de mayor calidad. “La implementación de estas reglas es esencial para mantener el buen funcionamiento del sistema de salud colombiano”, ha agregado.
 
Por su parte, Cindy Rodríguez, presidenta de la Asociación Nacional de Internos y Residentes (ANIR), ha calificado la medida como un “gran paso” hacia el bienestar de los médicos residentes. En una conferencia de prensa, Rodríguez celebró la medida, pero subrayó la necesidad de definir claramente las sanciones para las instituciones que no cumplan con esta normativa. “Es crucial establecer mecanismos claros de sanción para prevenir la explotación laboral y proteger a nuestros médicos en formación”, ha afirmado Rodríguez.
 
Además, Rodríguez ha destacado que la ANIR aplaude la extensión de estos derechos a los médicos rurales, un grupo históricamente desprotegido. La asociación considera esta extensión como un avance significativo para garantizar condiciones laborales más equitativas en todo el país.
 
La Circular 012 ha instado a las Instituciones Prestadoras de Salud, tanto públicas como privadas, a cumplir con la Ley 1917 de 2018 y el Decreto 780 de 2016, que regulan el Sistema de Residencias Médicas y establecen los límites de turnos y condiciones laborales para los residentes. Adicional a ello, se hace un llamado a las instituciones a ejecutar las condiciones mínimas en los contratos especiales para la práctica formativa y a utilizar los programas de promoción y prevención ofrecidos por las Administradoras de Riesgos Laborales (ARL).
 
El Ministerio de Salud ha destacado que cualquier incumplimiento a estas normas puede ser sancionado. Se hace un llamado a los médicos residentes a reportar posibles incumplimientos al Ministerio de Educación Nacional y a la Superintendencia Nacional de Salud.
 
Finalmente, el Ministerio de Salud ha reiterado que el servicio social obligatorio es un requisito fundamental para obtener la autorización para ejercer la profesión. Este servicio se considera un deber social, mediante el cual los egresados de programas de educación superior en salud contribuyen a la solución de problemas de salud, en el ámbito de su competencia profesional, según las normas vigentes.
 
El dato
 
Se espera que esta nueva normativa tenga un impacto positivo en la calidad de vida y en las condiciones de trabajo de los residentes médicos en Colombia, contribuyendo a un sistema de salud más equitativo y eficiente. La implementación de estas medidas es vista como un avance crucial para fortalecer la formación y el bienestar de los profesionales de la salud en el país.
 


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