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Colombia | Ecuador
Salud Pública
CUARENTENA TOTAL
Gobierno decreta aislamiento obligatorio para combatir crisis sanitaria de CoVID19
Se ha dispuesto aislamiento total por 19 días en todo el territorio nacional
Lunes, 23 de marzo de 2020, a las 16:33

Iván Duque, presidente de Colombia.


Redacción. Bogotá
Mediante una rueda de prensa emitida a través de redes sociales, el presidente Iván Duque ha decretado un aislamiento preventivo obligatorio para todos los ciudadanos, desde el próximo martes 24 de marzo a las 23:59, hasta el lunes 13 de abril a las 00:00 horas.

El mandatario estuvo acompañado por médicos, epidemiólogos y científicos, con quienes ha manifestado que “se han analizado las tendencias epidemiológicas que Colombia enfrentará en las próximas semanas y por eso hemos tomado decisiones drásticas pero urgentes para proteger la vida de los colombianos”.

“Si sabemos aislarnos como sociedad el virus pierde velocidad y así lo estamos enfrentando. Eso nos han aconsejado los expertos en salud. Eso justifica cierres de frontera y las decisiones con respecto a vuelos del exterior", ha añadido Duque.

El presidente también ha asegurado que “al virus se lo podrá enfrentar con decisiones inteligentes, es el momento de cooperar con más fuerza y valorar el trabajo de los profesionales de la salud que dan todo para brindar la mayor protección posible a los ciudadanos”.

Por ello el gobernante ha manifestado que “las personas que no acaten esta orden para prevenir la propagación del nuevo virus, tendrán que ser sometidos con mucha severidad, al Código Penal para ser sancionados”.

No obstante, durante la rueda de prensa, el gobierno ha dispuesto excepciones para salir durante los días de cuarentena:

- Durante los días de aislamiento preventivo podrá salir una persona por familia para comprar alimentos, bebidas, productos médicos de aseo e higiene, se permitirá el transporte de carga para garantizar el abastecimiento de alimentos en el país.

- Se garantizan la atención de emergencias médicas, atención domiciliaria de pacientes, servicios administrativos y operativos de los servicios públicos y privados de salud.

- Será posible atender asuntos de fuerza mayor o de extrema necesidad, circunstancias que deberán ser acreditadas en caso que la autoridad así lo requiera.

- Se habilita, por vía de excepción, la operación de aviones ambulancia y casos humanitarios. Se restringe la operación de pasajeros por vía aérea dentro del territorio nacional.

- Las comisarías de familia del país atenderán, sin interrupción, en todo el territorio nacional, y ofrecerán algunos servicios de manera virtual.

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