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Salud Pública
FALTA SANCIÓN PRESIDENCIAL
Colombia prohíbe artículos que contengan plomo
Artículos que contengan plomo en cualquiera de sus compuestos y superen los 90 ppm (0.009%).
Miércoles, 24 de junio de 2020, a las 12:44

 Nadia Blel, autora del proyecto de ley.


Redacción. Bogotá
En las plenarias de Senado y Cámara se ha aprobado el informe de conciliación del proyecto de Ley que implementa medidas en todo el territorio nacional para prevenir la contaminación, intoxicación y enfermedades derivadas por la exposición a este elemento, especialmente en los niños, niñas y adolescentes.

A partir de la sanción y promulgación de la ley por parte del presidente de la República, se prohibirá en todo el país el uso, fabricación, importación o comercialización de artículos que contengan plomo en cualquiera de sus compuestos y superen los 90 ppm (0.009%), en elementos de contacto directo y frecuente por parte de los niños como juguetes, accesorios, ropa, útiles escolares, productos comestibles entre otros.

“Con este proyecto de ley se ajustará la legislación colombiana a los parámetros internacionales, se podrá prevenir la contaminación ambiental y las intoxicaciones por plomo que producen daños irreversibles, especialmente en la salud de nuestros niños. Agradecemos el apoyo de todo el Congreso a esta iniciativa, la cual fue concertada con todos los sectores, incluido las entidades del Estado”, ha indicado la senadora Nadia Blel, autora del proyecto de ley.

Pese a que en muchos países del mundo existe una reglamentación clara frente al uso del plomo, en Colombia no había una ley que regulara el límite de este elemento en elementos de uso cotidiano como pinturas de uso decorativo o elementos didácticos para niños pese a que los efectos de este envenenamiento van desde problemas de aprendizaje y falta de concentración, hasta deficiencia motora y en algunos casos la muerte.

Detalles de la ley

• Busca implementar medidas para prevenir la contaminación ambiental, las intoxicaciones por plomo y las enfermedades producto de la exposición al plomo.

· Declara de interés general la regulación que permita controlar en una forma integral la intoxicación de las personas, especialmente en los niños.

• Se prohíbe el uso, fabricación, importación o comercialización de artículos que contengan plomo en cualquiera de sus compuestos y exceda los 90 ppm (0.009%), en elementos como juguetes, accesorios, ropa, productos comestibles u otros artículos expuestos al contacto directo y frecuente por parte de niños y niñas y adolescentes.

• También se prohíbe el uso del plomo en niveles superiores a los establecidos en: pinturas arquitectónicas, tuberías, accesorios y soldaduras empleados en la instalación o reparación de cualquier sistema de distribución de agua para uso humano, animal o de riego.

• La iniciativa establece de igual manera un máximo de concentración de este metal en la sangre de los niños y niñas del territorio nacional (por debajo de 5µg (microgramos) por dL (decilitro) de sangre (µg/dL), sumado al deber del Estado de desarrollar políticas que permitan verificar y reducir los niveles de plomo en todo el país, y promover la atención oportuna y prioritaria de los niños intoxicados por plomo.

Busca fomentar las investigaciones dirigidas a consolidar tecnologías limpias y la aplicación de las mismas en las áreas industriales para la reducción y eliminación de este metal.

• El incumplimiento acarreará sanciones que irán desde multas diarias hasta por 5 mil SMMLV, hasta el cierre temporal o definitivo del establecimiento de comercio o sitios de almacenamiento.


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