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Salud Pública
PROCESO DE DESPENALIZACIÓN
Corte Constitucional colombiana determina que abortar hasta los 6 meses de gestación no es un delito
La Sala Plena de la Corte Constitucional despenalizó la interrupción voluntaria del embarazo hasta la semana 24 de gestación
Martes, 22 de febrero de 2022, a las 10:11

Colectivos feministas celebran la decisión de la Corte.


Redacción. Bogotá
La Corte Constitucional de Colombia ha determinado que sea despenalizada la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) hasta la semana 24 de gestación. Una decisión que fue habilitada con la presencia del conjuez Julio Andrés Ossa y con una votación de 5-4, al analizar la demanda presentada por el movimiento “Causa Justa”, el cual está compuesto por varios colectivos de mujeres que solicitaban despenalizar el aborto por completo en el país.
   

Debido a trabas administrativas e impedimentos a jueces puestos por grupos opositores al aborto, no se había abordado el debate en torno a la despenalización, no obstante, este 21 de febrero, la decisión fue aceptada en sesión extraordinaria luego de un proceso que se llevó a cabo por varios meses.
   

Cabe mencionar que, desde 2006 el aborto era considerado un derecho en tres causales solamente: cuando el embarazo implica un riesgo para la salud física o mental de la mujer, en caso de violación o incesto y malformación del feto. Con respecto a otros casos (no querer ser madre, un accidente, falta de anticoncepción, etc.) el aborto estaba penado con hasta cuatro años y medio de cárcel en Colombia.
 
La demanda se direcciona

La demanda del movimiento Causa Justa se enfocaba en la eliminación de la penalización del aborto del Código Penal, pero no se había habilitado, fue así como, a partir de la semana 24 de gestación, la mujer podrá ser castigada penalmente si se realiza un aborto que no entra dentro de las tres causales ya mencionadas.
 
Los magistrados Alberto Rojas, Diana Fajardo y José Fernando Reyes y del conjuez Julio Andrés Ossa, fueron los elegidos para desempatar la votación en la Corte.
 
En ese sentido, el movimiento “Causa Justa” ha expuesto la exigencia para que “ninguna mujer vaya a la cárcel o que le sea iniciado un proceso penal en su contra por acceder a su derecho a la IVE ni que viva bajo esa amenaza”; “que ningún prestador de servicios vaya a la cárcel o se inicie un proceso penal en su contra por realizar un aborto consentido por una mujer o por brindar información”; “evitar maternidades impuestas que despojen a las mujeres de su autonomía, del control sobre sus cuerpos ni de la definición de su proyecto de vida”, entre otros.
 
Por su parte, la Corte Constitucional ha determinado que, “la conducta de abortar allí prevista solo será punible cuando se realice después de la vigésimo cuarta (24) semana de gestación y, en todo caso, este límite temporal no será aplicable a los tres supuestos fijados en la Sentencia C-355 de 2006”.
 
De ese modo, la Corte ha estipulado que, dicha sentencia dispuso que no se incurre en delito de aborto, esto es, “(i) Cuando la continuación del embarazo constituya peligro para la vida o la salud de la mujer, certificada por un médico; (ii) Cuando exista grave malformación del feto que haga inviable su vida, certificada por un médico; y, (iii) Cuando el embarazo sea el resultado de una conducta, debidamente denunciada, constitutiva de acceso carnal o acto sexual sin consentimiento, abusivo o de inseminación artificial o transferencia de óvulo fecundado no consentidas, o de incesto”.
 
Asimismo, la Corte ha exhortado al Congreso de la República y al Gobierno Nacional, para que, “sin perjuicio del cumplimiento inmediato de esta sentencia y, en el menor tiempo posible, formulen e implementen una política pública integral”.
 
Esta política debe contener:
 
-La divulgación clara de las opciones disponibles para la mujer gestante durante y después del embarazo.
 
-Eliminación de cualquier obstáculo para el ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos que se reconocen en esta sentencia.
 
-La existencia de instrumentos de prevención del embarazo y planificación.
 
-El desarrollo de programas de educación en materia de educación sexual y reproductiva para todas las personas.
 
-Medidas de acompañamiento a las madres gestantes que incluyan opciones de adopción, entre otras y medidas que garanticen los derechos de los nacidos en circunstancias de gestantes que desearon abortar.
 
 
Las cifras en Colombia
 
Por otro lado, según ha indicado un informe del colectivo la Mesa por la Vida y la Salud de las Mujeres, “alrededor de 400 casos son llevados ante la justicia penal anualmente y que son las mujeres, adolescentes y niñas en situación de vulnerabilidad quienes están en mayor riesgo de ser criminalizadas. De esta manera, un 12,5 por ciento de los casos de aborto perseguidos por la justicia colombiana corresponden a mujeres entre los 14 y 17 años; y un 24 por ciento de los casos que derivan en condena, corresponden a mujeres menores de edad”.
 
De acuerdo con el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE) en el 2020, al menos 4.268 niñas de entre 10 y 14 años fueron madres en Colombia, donde este tipo de relaciones sexuales son consideradas violaciones y que por tanto podrían entrar dentro de las causas del aborto legal.
 
En promedio, cerca de 400.000 abortos se han realizado en Colombia anualmente y menos del 10 por ciento son llevados a cabo en instituciones que cumplan con todas las garantías sanitarias, por lo que la Interrupción Voluntaria del Embarazo es la cuarta causa de mortalidad materna en Colombia.
 
Asimismo, el DANE ha señalado también que, en el 49 por ciento de esos nacimientos de niñas entre los 10 y 14 años, los padres tenían entre 15 y 19 años y en el 31,6 por ciento de los casos tenían entre 20 y 24 años. 
 
Cifras oficiales han dado cuenta que, en el mundo ocurren cerca de 46 millones de abortos al año. La Organización Mundial de la Salud ha estimado que 22 millones son inseguros; de éstos, 98 por ciento ocurren en países en desarrollo.
 
Asimismo, la OMS ha estimado que en una de cada ocho muertes maternas se produce por consecuencias del aborto; 100 a 1.000 muertes por cada 100 mil intervenciones se producen en países en desarrollo.
 
El dato
 
Se estima que 47 mil muertes al año ocurren por abortos inseguros (13 por ciento de decesos maternos) y cinco millones de mujeres sufren incapacidades temporales o permanentes (infertilidad) derivadas de abortos. Por registros de prestación se cuentan entre 3.100 y 3.600 abortos médicos y un promedio de 15.000 abortos espontáneos cada año, durante los últimos cinco años.


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