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Salud Pública
NUEVAS MEDIDAS
Lejos de superar la pandemia, Colombia extiende la emergencia sanitaria hasta el 30 de noviembre
El estado de emergencia culminará solo cuando no haya indicios de las causas que dieron origen a la imposición de la medida
Lunes, 30 de agosto de 2021, a las 15:45

Iván Duque, presidente de Colombia.


Redacción. Bogotá
El presidente de la República, Iván Duque, ha anunciado que la emergencia sanitaria se amplía en el país, ya que, el territorio nacional no ha presentado un cese de la pandemia, casos COVID-19, así como el índice de ocupación en las Unidades de Cuidados Intensivos (UCI). Esto lo informó a través de una rueda de prensa.
 
Esta orden se ha hecho efectiva, por medio de la Resolución 1315 de 2021, el Ministerio de Salud y Protección Social ha extendido la medida de emergencia sanitaria hasta el próximo 30 de noviembre, por lo que reiteró que el estado de emergencia finalizará una vez que hayan desaparecido las causas que dieron origen a la imposición de la medida.
 
Con respecto a las medidas que, de acuerdo al MinSalud se establezcan con cada extensión de la medida, los gobernadores y alcaldes serán los encargados de controlar las medidas de bioseguridad propuestos para realizar las actividades que permitan una reactivación económica, social y cultural gradualmente dependiendo de la situación epidemiológica, la capacidad de atención de cada territorio y el porcentaje del avance del plan de vacunación.
 
Adicional a ello, la Resolución ha estipulado que las autoridades departamentales, distritales y municipales deberán construir e implementar un plan sectorial, con el fin de garantizar la reactivación laboral y económica, así como el retorno a las aulas desde la primera infancia y el reencuentro de actividades sociales, recreativas, culturales y deportivas teniendo en cuenta los lineamientos que emitirá el MinSalud.
 
De igual forma, las autoridades sanitarias han ordenado que se garantice el retorno gradual y seguro de los niños y jóvenes a la presencialidad en las instituciones educativas como una prioridad de salud pública que responde a la necesidad de promoción y desarrollo y salud mental. Las mismas disposiciones aplicarán para el retorno gradual y seguro al entorno laboral.
 
Identificación y estrategia PRASS
 
La cartera de Salud ha indicado que se ordena a las EPS e IPS mantener la estrategia PRASS para identificar de manera oportuna los casos positivos y sospechosos de COVID-19 y adoptar las medidas que permitan cortar la cadena de transmisión del virus SARS-CoV-2.
 
Asimismo, se ha recomendó a las autoridades departamentales, municipales y distritales que en el desarrollo de los Puestos de Mando Unificado (PMU) para el seguimiento y control de la epidemia, por lo que deberán monitorear lo siguiente:
 
1. El cumplimiento de las acciones de prevención y control para la mitigación del riesgo de contagio a la población.
 
2. El Plan Nacional de Vacunación y las actividades definidas en los planes de acción territoriales, de acuerdo las fases y etapas previstas en el citado plan.
 
3. La implementación de la estrategia de vigilancia con base comunitaria que garantice la información y educación a los ciudadanos con relación a la prevención contra la COVID-19.
 
4. La capacidad diagnóstica por laboratorio de las Entidades Promotoras de Salud, las entidades adaptadas, los operadores de los regímenes especiales y de excepción y los departamentos y distritos, según sea su competencia.
 
5. Fortalecimiento de acciones de fa salud pública y vigilancia epidemiológica.
 
6. Mantener la capacidad de La red hospitalaria, de acuerdo con la situación epidemiológica del territorio.
 
7. La adopción de programas de protección a los grupos de mayor riesgo de complicaciones asociadas a SARS-CoV-2 y de mayor riesgo de contagio.
 
8. El fortalecimiento de estrategias para la comunicación del riesgo, el cumplimiento de los protocolos de bioseguridad.
 
9. La articulación de las autoridades que tiene a cargo el manejo, control y mitigación de la epidemia.
 
10. Hacer seguimiento al índice de resiliencia de que trata la Resolución 777 de 2021.


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