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Salud Pública
FRENTE AL ABORTO
MinSalud hace precisiones sobre la interrupción voluntaria del embarazo
La cartera de Salud ha aclarado un concepto que había enviado a la Corte Constitucional en el que se oponía al aborto
Miércoles, 25 de noviembre de 2020, a las 13:05

Andrea Hurtado, directora jurídica del MinSalud y Ana Cristina Gonzáles, experta en Salud sexual y reproductiva.


Redacción. Bogotá
Tras la polémica generada en el país donde se consideró entre ciudadanos y algunos salubristas que, se iba en retroceso en cuanto a las políticas adoptadas en la última década y contra los derechos reproductivos, el Ministerio de Salud (MinSalud) ha aclarado un concepto que había enviado a la Corte Constitucional en el que se oponía a la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE).
 
El funcionario del área jurídica del ministerio, Joaquín Elías Cano, ha manifestado que, el concepto del Minsalud firmado por él era una respuesta a una solicitud de la Corte Constitucional, donde ha estudiado una demanda asentada por Ana Cristina González, experta en género, derechos humanos, salud sexual y reproductiva, y otras demandantes, la cual ha buscado la despenalización de esta práctica en el país, aunque aún no hay una decisión definitiva.
 
Cabe recordar que, en octubre pasado la Corte admitió una demanda que buscaba despenalizar el aborto en Colombia. Aunque el proceso ha sido considerado legal bajo 3 causales (violación, peligro para la vida o la salud de la mujer o cuando exista malformación del feto), las demandantes consideraron que el artículo 122 del Código Penal, aún lo mantienen como un delito.
 
Es así que, la Corte ha solicitado un concepto al MinSalud con el objetivo de conocer su posición como entidad gubernamental, en torno al procedimiento de la Interrupción Voluntaria del Embarazo, regulada desde el año 2006 en el país, el cual ha sido aclarado por el ministerio de Salud este 24 de noviembre.
 
Asimismo, el oficio final de Cano ha puntualizado que, “el fin último de estas demandas, más que la despenalización del aborto, conllevan al abuso de esta figura al buscar que se permita hacer uso del aborto sin límite alguno”.
 
De igual forma, el funcionario ha subrayado que, “hay que preocuparse más bien de aplicar las muchas políticas y métodos de anticoncepción o planificación familiar, y no convertir el aborto, como otro mecanismo método más de esa planificación”.
 
Precisiones del MinSalud sobre el Artículo 122 de la Ley 599 de 2000
 
La directora jurídica del MinSalud, Andrea Hurtado, ha enfatizado que, el escrito de intervención presentado ante la Honorable Corte Constitucional, “contiene consideraciones personales del funcionario público y no reflejan la posición institucional y técnica del misterio como ente rector del sector salud”, agregando que, “la entidad presentará un escrito de intervención sustitutivo, teniendo en cuenta el término establecido en el Auto del 12 de noviembre de 2020”.
 
El MinSalud ha esclarecido que, en el país la Corte reconoce que la IVE es considerado un derecho íntimamente ligado al derecho a la vida, a la salud, a la integridad, a la autodeterminación, intimidad y dignidad de las mujeres, de acuerdo a lo resuelto en la sentencia C-355 de 2006.
 
Asimismo, el ministerio ha denotado que, la IVE debe ser provista en forma integral y segura, abordando no solo los aspectos médicos, sino también los psicosociales que se consideran relevantes para responder a las necesidades y preferencias de la mujer cuando tiene que decidir si continúa o no con su embarazo.
 
Por otro lado, todos los actores del Sistema General de Seguridad Social en Salud que tienen contacto con mujeres en edad reproductiva han de adaptar sus modelos de atención hacia la garantía de una atención integral que “promueva el adecuado ejercicio de los derechos sexuales y derechos reproductivos, la equidad de género y la prevención y atención integral en salud sexual y reproductiva y particularmente la prevención del aborto inseguro, como elementos fundamentales que impactan la vida y la salud de las mujeres”, según ha recalcado el MinSalud.
 
Finalmente, la cartera de Salud, como ente regulador, deberá ejercer acciones para asegurar que todas las mujeres en el territorio nacional tengan un libre y efectivo ejercicio de sus derechos sexuales y derechos reproductivos, incluyendo el derecho a la interrupción voluntaria del embarazo en las causales establecidas.
 
“Esta Cartera acatará las órdenes judiciales que se emitan al respecto, como siempre lo ha hecho, y contestará el Auto de Pruebas con los requerimientos realizados por la Corte Constitucional dentro del proceso D-13956”, ha concluido el ministerio.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 


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