AUTOEVALUACIÓN DE SERVICIOS
MinSalud y Supersalud coordinan esfuerzos para precisar el alcance de visitas de inspección vigilancia y control
Esta disposición amplía el plazo para realizar la autoevaluación de los servicios de salud y garantizar el bienestar de los pacientes
Ulahy Beltrán, superintendente nacional de Salud.
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Redacción. Bogotá
El Ministerio de Salud y Protección Social (MinSalud) y la Superintendencia Nacional de Salud (Supersalud) han precisado
el alcance de las visitas de inspección, vigilancia y control que realizan las Secretarías de Salud distrital y departamental a los prestadores de servicios, así como el contexto de la Resolución 1719 de 2022 en relación con las visitas de verificación.
De acuerdo con la cartera de Salud, con esta disposición
se amplía el plazo para realizar la autoevaluación de los servicios de Salud y la actualización del portafolio, además de suspender la ejecución de visitas de verificación de las condiciones de habilitación.
Adicional a ello, el MinSalud ha indicado que la norma establece la
suspensión de estas visitas a través de las cuales los entes territoriales, como las secretarías de Salud departamental y distrital, verifican las condiciones de obligatorio cumplimiento por parte de los prestadores de servicios de Salud: IPS, entidades con objeto social diferente, profesionales independientes y transporte especial de pacientes.
Por su parte, la Supersalud emitirá lineamientos a las direcciones territoriales de Salud advirtiendo que las visitas de inspección, vigilancia y control
deberán ceñirse a lo indicado en el alcance del objeto de esta para adoptar las medidas sanitarias de seguridad que sean pertinentes, en caso de que se evidencie un riesgo para la salud pública de la población.