Reforma a la Salud: Cumbre Social y Política alerta sobre discrepancias en desafíos legales y dirección de recursos
La Cumbre por la Reforma a la salud rechaza el comunicado emitido por el Grupo de Acuerdos Fundamentales
La Comisión Accidental es la encargada discutir la tramitación del proyecto de Reforma.
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Redacción. Bogotá
La Cumbre Social y Política por la Reforma a la Salud ha emitido un pronunciamiento en contra del comunicado del Grupo de Acuerdos fundamentales, en el que recalcan el manejo de los recursos de la Salud por parte de las
EPS, las cuales pasarían a llamarse “Gestoras de Salud” de aprobarse la Reforma al sistema de Salud colombiano.
“Dentro de los principios que dicen que los caracterizan está el de defender la Ley Estatutaria de Salud (LES) 1751 de 2015, lo cual claramente contradice el contenido de ese comunicado al insistir en su literal (e) que
las EPS continúen controlando los recursos públicos de la salud lo que haría inocua la reforma a la salud (PL 339 de 2023)”, ha argumentado la Cumbre.
Sin embargo, la Cumbre ha asegurado que
la totalidad del Grupo de Acuerdos Fundamentales no ha avalado el comunicado Mencionado. El cual está conformado por las directivas de la Academia Nacional de Medicina, el Colegio Médico Colombiano, la Asociación Nacional de Profesiones de la Salud (Assosalud), Sociedades Científicas y la Federación Colombiana de Sindicatos Médicos (Fecolmed).
“
Dicho comunicado además no fue avalado por los miembros que aparecen en el logo según se nos ha informado por varias de las directivas cuyos logos fueron puestos sin su conocimiento y aval respecto al referenciado comunicado”, ha señalado la Cumbre.
Al citar el artículo 2 de la LES, el cual establece “de conformidad con el artículo 49 de la Constitución Política, su prestación como servicio público esencial obligatorio, se ejecuta bajo la indelegable dirección, supervisión, organización, regulación, coordinación y control del Estado”, la Cumbre ha resaltado que,
el modelo de salud actual (ley 100 de 1993) se encuentra en contravía de lo estipulado en el artículo 2°.
“Hoy el Estado no tiene ni la organización ni regulación ni coordinación y mucho menos el control de la prestación de los servicios de salud, lo cual a la luz de la LES es indelegable.
La Ley Estatutaria de Salud no podría entrar en el detalle sobre este modelo que se propone dado que debe ser una ley ordinaria la que regula el detalle del funcionamiento de este modelo de Salud”, ha remarcado la Cumbre.
Asimismo, en el comunicado, la Cumbre ha insistido en que el Proyecto de
Ley (PL) de reforma a la Salud 339 de 2023 corrige y direcciona los errores del actual sistema de Salud; “si pone en cabeza del Estado la dirección, organización, regulación, coordinación y control, y fortalece la supervisión”, ha agregado.
Por lo anterior, la Cumbre ha rechazado el comunicado de Acuerdos Fundamentales, debido a que en su literal (e) propone que las gestoras de Salud y vida sigan contratando (y por ende manejando los recursos públicos de la Salud).
“Esta función no es delegable y debe estar en cabeza del Estado al ser parte de las funciones arriba señaladas establecidas por el artículo 2 de la Ley Estatutaria”, ha dicho.
Esta postura se suma a la de diversos gremios de la Salud como ACESI, que han resaltado que las Empresas Promotoras de Salud (EPS) demostraron durante los últimos 30 una mala utilización de los recursos públicos, llegando a
acumular una deuda superior a los 23 billones de pesos a los prestadores de servicios de Salud, resultando en una quiebra de clínicas y hospitales, así como precarización laboral de los trabajadores de la Salud.
Otro de los puntos que ha rechazado la Cumbre se refiere a la falta de atención de las denuncias realizadas por
Vicente Calvo, experto financiero, que menciona que las EPS solo cambiarían su nombre por gestoras de salud y vida, pero continuarían contratando; “claramente
significa tumbar la reforma a la Salud y seguir en esta contradicción con la Ley Estatutaria de Salud”, ha denunciado en su comunicado.
Por otro lado, “existe ambigüedad entre la afiliación a las gestoras de Salud y la obligatoriedad de adscripción a los Centros de Atención Primaria en Salud (CAPS) pero no señale los artículos que resultan ambiguos para ellos”, ha precisado la Cumbre.
La Cumbre se ha manifestado en contra de esta posición debido a que “la Reforma a la Salud contenida en PL 339 de 2023 señala que el ciudadano estará adscrito al CAPS de su preferencia, y la afiliación a las EPS que hoy tiene las personas no seguirá, cosa distinta es que en la transición y mientras se crean los CAPS las personas seguirán afiliadas a las EPS. Si existe algún tipo de ambigüedad es bienvenido que se señale pero que se diga qué artículos resultan ambiguos.
Para nosotros dicha ambigüedad no existe”.