ANTE LA CEPA BRASILEÑA
Salud establece medidas y condiciones para vuelo humanitario proveniente de Leticia-Bogotá
La restricción de vuelos comerciales hacia y desde esa zona del país se mantiene
Julián Fernández, director de Epidemiología y Demografía.
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Redacción. Bogotá
El Ministerio de Salud y Protección Social (MinSalud) ha expedido la Resolución 300 de 2021, en conjunto con el Ministerio de Transporte, donde se han establecido
medidas y condiciones para los vuelos humanitarios provenientes de Leticia a Bogotá y viceversa.
"En la sesión del 1 de marzo,
el comité asesor para respuesta para la pandemia tomó la determinación de mantener el cierre de vuelos, desde Brasil a Colombia y desde Leticia a otros destinos nacionales, de tal manera que la Resolución 080 (modificada en su artículo 3 por la Resolución 092) sigue vigente. Los vuelos siguen cerrados, no estamos haciendo una apertura de vuelos", ha señalado
Julián Fernández, director de Epidemiología y Demografía.
Fernández ha explicado que el artículo 3 permitiría la autorización de vuelos humanitarios, no obstante, por esa consideración
se ha autorizado un único vuelo humanitario para el trayecto Leticia – Bogotá – Leticia, cuya fecha aún está por definirse.
El director también ha recalcado que, para lograr este cometido,
las secretarías de Salud del Amazonas y Bogotá serán las encargadas de gestionar una lista para certificar que se trate de viajeros que quedaron detenidos en las dos ciudades por el cierre aéreo y que no residen en el territorio en el que se encuentran, sino en el de lugar de destino del vuelo.
Asimismo, dentro de las condiciones estipuladas en el acto administrativo, se ha previsto “
incluir a todos los viajeros que se encuentren en Leticia y a los de Bogotá que lleguen a Leticia, en la vacunación, de acuerdo con la Resolución 194 de 2021, sin importar la etapa", ha enfatizado el funcionario.
Por ello, el MinSalud ha estipulado que, las
personas deberán entregar sus datos personales completos y ser censados. Si bien la vacunación contra la COVID-19 es voluntaria, es una oportunidad que se les ha otorgado a los viajeros que sean mayores de 18 años, desde y hacia territorio amazónico.
De igual forma, la cartera de Salud ha considerado que, las personas que se beneficien de este vuelo humanitario deberán seguir las recomendaciones de la Resolución 093, como
la cuarentena de 14 días en un lugar designado por la Secretaría de Salud de Bogotá.
Fernández incluso ha mani
festado que "inicialmente harían una prueba al ingreso y otra a los siete días. Si ambas pruebas son negativas, los últimos siete días los pueden terminar en casa, desde que vivan en Bogotá. Si una de las dos es positiva, deben quedarse en el hotel".
Finalmente, la entidad de Salud ha denotado que, para que se ejecute el aislamiento las personas
deberán permanecer en la habitación y cumplir estrictamente todos los protocolos de las resoluciones 093 y 300, durante el embarque, vuelo, desembarque, el transporte y el hospedaje en el lugar en el que se realice la cuarentena.